Por Provea
El pasado lunes 13.08.12 fueron detenidos cinco
sindicalistas de la construcción (Hictler William Torres, Luis Arturo González,
José Martín Mora, Wilander Pedro Operaza y Ramiro Parada) en el Fuerte Murachí,
estado Táchira, ¿el motivo?, se encontraban protestando en la exigencia de sus
derecho laborales. Y es que la empresa privada Xocobeo C.A. contratada por el
Ministerio de Vivienda y Hábitat para la construcción de unidades
habitacionales -en Fuerte Murachí- de la Gran Misión Vivienda Venezuela no les ha
cancelado sus prestaciones sociales, a pesar de que el Ministerio del Trabajo
había dado la orden de pago.
Los trabajadores, quienes tenían tres meses reclamando lo
que por ley les corresponde como el bono de alimentación, el registro en el
Seguro Social, el Fondo de Ahorro Obligatorio de la Vivienda, el bono de
transporte y los sueldos caídos, fueron imputados por el Circuito Judicial
Penal Militar del Tribunal Militar Undécimo de Control y luego fueron
trasladados a la cárcel de Santa Ana. Los delitos que se les imputaron fueron:
ultraje al centinela y ultraje a las Fuerzas Armadas artículos 502 y 505 del
Código Orgánico de Justicia Militar, y violación de zonas de seguridad artículo
56 de la Ley Orgánica
de Seguridad de la Nación.
De acuerdo a este artículo 56 “Cualquiera que organice,
sostenga o instigue a la realización de actividades dentro de las zonas de
seguridad, que estén dirigidas a perturbar o afectar la organización y
funcionamiento de las instalaciones militares, de los servicios públicos,
industrias y empresas básicas, o la vida económico social del país, será penado
con prisión de cinco (5) a diez (10) años”. Este es el mismo artículo por el
cual se encarceló y enjuició al dirigente sindical Rubén González.
Este hecho deja en evidencia que en Venezuela se criminaliza
la protesta, por esto le exigimos a la Defensoría del Pueblo que se pronuncie y rechace
toda acción de los tribunales militares hacia estos civiles. De igual forma a
que se respete el artículo 68 de la Constitución que establece el derecho a
manifestar pacíficamente y sin armas.
Además, con esta acción se viola el artículo 49 numeral 4 de
la Constitución
de la República
Bolivariana de Venezuela (CRBV) el cual indica que ”Toda
persona tiene derecho a ser juzgada por sus jueces naturales en las
jurisdicciones ordinarias o especiales, con las garantías establecidas en esta
Constitución y en la ley…”, es decir, no es un juez militar quien juzga a un
civil.
Igualmente se incumple el artículo 261 de la CRBV donde se señala que ”…La
comisión de delitos comunes, violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa
humanidad, serán juzgados por los tribunales ordinarios. La competencia de los
tribunales militares se limita a delitos de naturaleza militar.
Asimismo la Corte Interamericana de Derechos Humanos en
reiteradas sentencias ha expresado que la justicia militar no es aplicable a
civiles porque estos no pueden cometer delitos militares, sólo los militares
activos y en funciones militares.
Exigimos la libertad de los sindicalistas encarcelados, la
no aplicación de la justicia militar a civiles y el cese a la criminalización
de la protesta social. Actualmente en Venezuela hay más de 100 sindicalistas
sometidos a juicios penales por reivindicar las contrataciones colectivas, el
derecho a huelga y la libertad sindical. (Prensa Provea, 23.08.12)
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