jueves 26 de enero de 2012
El reclutamiento, adiestramiento y utilización de niños para fines contrarios a la paz es un delito internacional. Venezuela está obligada por la Lopna y por el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados, ratificada en Septiembre del año 2003, a adoptar todas las medidas posibles para impedir ese reclutamiento y utilización, con inclusión de la adopción de las medidas legales necesarias para prohibir y tipificar esas prácticas por parte de grupos armados.
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