viernes, 17 de mayo de 2013

Propuestas y reivindicaciones de la STSI ante un nuevo convenio de Consultoría

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Propuestas y reivindicaciones de la STSI ante un nuevo convenio de Consultoría

Coincidiendo hoy 14 de Mayo con la reunión negociadora entre AEC y Comfia (CC.OO.) de cara a un nuevo "Convenio TIC" que sustituya al actualmente existente, la STSI hace públicas sus propuestas y reivindicaciones de cara a este nuevo convenio.
Porque el convenio debe ser de los trabajadores y para los trabajadores, no de unos burócratas empresariales y sindicales ajenos a nuestra realidad y nuestras necesidades. Porque el convenio debe ser justo, permitiendo el desarrollo laboral y personal de todos los que trabajamos bajo su regulación. Porque el convenio no debe ser una herramienta que usen unos y otros para beneficiarse de nosotros.
Lejos de esas salas de reunión y despachos donde hoy se están repartiendo el botín, los trabajadores, organizados entre iguales, contestamos con unas propuestas y reivindicaciones que no deben caer en saco roto:

• Eliminación de las elecciones sindicales y los Comités de Empresa.
Sus funciones serán asumidas por las asambleas de trabajadores, y los privilegios de los representantes se harán extensivos a toda la plantilla.
Se eligirán delegados para las situaciones que así lo requieran, los cuales no tendrán poder de decisión, si no que trasladarán los acuerdos tomados por la asamblea de trabajadores.
• No a la extinción de los convenios colectivos.
Sus contenidos normativos seguirán vigentes en tanto no los sustituya un nuevo acuerdo.
• Reducción de la jornada laboral a 30 horas semanales, sin disminución de salario.
Jornada máxima anual de 1300 horas. Dentro de esta jornada anual se incluirán cuarenta horas de asuntos propios.
• Aumento del período de vacaciones a 31 días laborables anuales.
El período de vacaciones pasará a ser de 31 días laborables anuales para todos los trabajadores, indistintamente de su rol o categoría.
• Supresión de primas, destajos y horas extras.
Cualquier plus por exceso en la jornada laboral se compensará en horas libres de trabajo,a  dos horas porc ada hora extra. Cada hora trabajada en horario nocturno o día festivo equivaldrá a hora y media de compensación de descanso.
• Subida ineal del salario.
Subida lineal de 300 euros el primer año de vigencia del convenio. En los siguientes tres años se aplicará una subida lineal igual a la subida del salario medio (IPC+2%) de todos los trabajadores d e la empresa. Ningún trabajador cobrará menos de la mitad del salario máximo (incluyendo directivos).
• Contratación siempre directa e indefinida.
Subrogación de la plantilla al cambiar la empresa adjudicataria del servicio.  En caso de despido improcedente el trabajador podrá elegir la reincorporación.
La contratación de los trabajadores será directa por parte de las empresas que realizan los proyectos, sin subcontratación. Supresión de contratos de prácticas y similares. Las empresas del sector se comprometerán a contratar de forma indefinida al 100% de su plantilla. Ante el despido improcedente de un trabajador, éste podrá elegir la reincorporación o la indemnización económica que le corresponda. El periodo de prueba se reducirá a la mitad en todas las categorías. Al cambiar la empresa que preste el servicio a un cliente la nueva adjudicataria deberá subrogar al 100% de la plantilla que venía desarrollando dicho servicio.
• Categorías laborales ajustadas a la realidad actual del sector y con funciones claramente acotadas.
Se acotarán de forma clara los funciones de cada una de las categorías para que no se realicen trabajos de otras.
• Formación continua, de calidad y ajustada a los cambios tecnológicos, impartida por expertos en la materia, y siempre en horario laboral.
Cuando un trabajador o trabajadora termine su asignación en un proyecto, será de obligado cumplimiento que reciba formación para mejorar su perfíl profesional en base a las demandas de los proyectos y las tecnologías del momento.
• Cumplimiento estricto de la normativa de prevención de riesgos laborales.
La empresa será la responsable de su cumplimiento en todo momento. En ella se impartirán cursos de formación en esta materia, asegurando así que todos los trabajadores estén al día en su conocimiento. Debido a la naturaleza del trabajo en el sector, se pondrá especial hincapié en los siguientes puntos: pantallas de visualización de datos del tamaño y calidad suficiente al trabajo realizado, descansos periódicos, iluminación y temperatura adecuada y mobiliario de calidad (sillas, mesas, reposapies, etc)
• En caso de accidente laboral y/o enfermedad se cubrirá el 100% del salario del trabajador.
La empresa se comprometerá a cubrir el porcentaje salarial que no cubra la Seguridad Social durante el periodo de baja. Seguro de vida y plan de pensiones a cargo de la empresa para todos los trabajadores.
• Jubilación a los 55 años.
Durante la duración del presente convenio las empresas del sector se comprometerán a negociar con la Administración esta edad de la jubilación. La vida laboral nunca repercutirá en el estado físico/psíquico del trabajador.
• Aumento del permiso de maternidad/paternidad a los 3 primeros años.
Se ampliará el permiso de maternidad/paternidad remunerado con el sueldo integro hasta los tres primeros años de vida.
• Baja médica desde la semana 18 de embarazo.
Siguiendo recomendaciones de sociedades médicas y, teniendo en cuenta que en el sector las situaciones de estrés son habituales, el período de baja obligatoria comenzará en la semana 18 de embarazo.
• Reducción de jornada por cuidado de niños hasta los 12 años.
Se tendrá derecho a la reducción de jornada (tanto el padre como la madre, incluso los dos a la vez) de hasta el 50 % horas con una reducción de salario proporcional y siempre con horario continuo. La solicitud se realizará con al menos 10 días de antelación y no se deberá especificar la duración de dicha reducción.
• Potenciación de la utilización del teletrabajo como forma de conciliación.
En el marco de las medidas de conciliación de la vida laboral y familiar, en todos los puestos de sea posible por su características, se deben facilitar los medios para que el trabajador que así lo solicite, pueda realizar su actividad laboral desde su domicilio, sin que varíen horarios ni remuneración. Los gastos que de esta modalidad se produzcan (ADSL, luz, calefacción, etc) serán sufragados por la propia empresa.

POR UN CONVENIO DE LOS TRABAJADORES Y PARA LOS TRABAJADORES
SECCIÓN DE TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS INFORMÁTICOS (STSI) DE LA CNT-AIT DE MADRID



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