http://www.facebook.com/pages/Anarquistas/378066755607147
¿Qué es la cesión ilegal de trabajadores?
Las subcontrataciones son cada vez más habituales en el Sector Ferroviario. Es importante saber cuándo
se dan situaciones de ilegalidad y cuáles son las herramientas de defensa de los derechos de los trabajadores
ante ellas. Tanto si eres trabajador en la empresa principal como si eres personal subcontratado, esta
información puede serte útil.
Para identificar cuando nos encontramos ante una cesión ilegal de trabajadores, tenemos que analizar
un conjunto de circunstancias que supondrán los indicios de la ilegalidad cometida:
– Que la retribución del contratista se determine, exclusivamente, conforme al número de horas
trabajadas por su personal o en función del coste de personal.
– Si parte de tus herramientas de trabajo, el sistema informático (correo electrónico, ordenadores,
teléfono, vehículos para desplazamientos etc...) y/o el material de trabajo, no te los facilita tu empresa,
sino la empresa donde te han mandado a trabajar.
– Que el trabajo se realice en las instalaciones de la empresa principal.
– Si recibes órdenes de trabajo de representantes de otra empresa.
– Si la formación necesaria para realizar el trabajo te la proporciona la empresa principal.
– Que el personal de la contrata utilice medios de control del personal de la empresa principal (tales como
sistemas de fichaje, medición de tiempos, etc.).
– La coincidencia de horario de trabajo del personal de la contrata con la empresa principal, y que esta sea
la que se encargue de la organización de los turnos de trabajo o vacaciones de la plantilla del contratista.
– Que se utilicen medios humanos y departamentales de la empresa principal.
– Que el trabajo se realice indistintamente bien por los trabajadores de la contrata, bien por los
trabajadores de la empresa principal.
El art. 43 del Estatuto de los Trabajadores, prohíbe la cesión de trabajadores, salvo que sea a través de
una E.T.T. Por lo tanto, para que exista una verdadera contrata será necesario que la empresa contratista ejerza una verdadera actividad empresarial, tenga su propia organización y disponga de los trabajadores de su plantilla según su poder de dirección y disciplina. TODO LO DEMÁS ES UNA CESIÓN ILEGAL DE TRABAJADORES, QUE NO TE DIGAN QUE ES UNA COLABORACIÓN ENTRE EMPRESAS.
Las consecuencias pueden ser muy graves, en el ámbito penal serán castigados con las penas de prisión
de dos a cinco años y multa de seis a 12 meses, los que trafiquen de manera ilegal con mano de obra.
Los trabajadores sometidos a cesión ilegal tendrán derecho a adquirir la condición de fijos a su elección,
en la empresa cedente o cesionaria.. En estas situaciones, la antigüedad del trabajador se computa desde el
inicio de la cesión ilegal.
¿Qué se persigue con la subcontratación ilegal?
El interés por reducir las obligaciones sociales y jurídicas derivadas del tener una plantilla fija y la cultura
del pelotazo favorece la proliferación de empresas que se apuntan al carro de la subcontratación. La cifra de
negocio que se genera es enorme lo cual favorece la contabilidad "creativa" y los intercambios ficticios de capital entre las empresas.
¿Qué está pasando en nuestro taller?
En nuestro taller la mano de obra entre oficiales y especialista asciende a 40 personas, de las cuales
solamente 12 pertenecen a ERION. Es decir solamente pertenece a la empresa matriz un 30% de los trabajadores de taller. Otros datos interesantes, en ERION hay más gente de oficina que de taller y no solo eso, por cada
2
oficiales hay un directivo.
Más datos de las practicas habituales de los que dictan las reglas en nuestras empresas:
- El encargado de los oficiales de la subcontrata de nuestro taller es un peón especialista.
- Las fronteras no existen para la subcontrata da igual que vayas a trabajar a Valencia que a Estrasburgo,
las condiciones son las mismas.
- Muchos de los contratos de los trabajadores de RODITEC son por obra y servicio, sin embargo trabajan
en todo tipo de locomotoras e incluso hasta en Francia y Portugal. ERION es perfectamente consciente
de esto y a pesar de que después de una denuncia de la CNT la inspección de trabajo le haya obligado a
regularizar todos los contratos, sigue haciendo la vista gorda con RODITEC. Esto es un escándalo en toda regla, ya esta bien de mirar hacia otro lado, solo debemos tener una consigna A IGUAL TRABAJO IGUALES CONDICIONES, es decir todos en ERION y a igual categoría igual salario.
Las diferencias son divisiones, la división de los trabajadores es la victoria del empresa. Recuerda nuestra única fuerza es la unión, por eso nos quieren separados, parcelados y diferenciados. Sabemos que la situación es difícil y hay miedo a denunciar, nosotros ponemos a disposición de quien quiera dar el paso nuestros servicios jurídicos, nuestro testimonio y las pruebas pertinentes que demuestran este contubernio.
La situación de nuestra empresa en Francia la dejamos para otro día, la imagen que mejor resume lo que
esta pasando es un barco tan a la deriva que hasta su capitán, incapaz de fijar el rumbo, lo abandona. La
"peineta" que la dirección nos ha hecho a los trabajadores después de marearnos dos meses con propuestas
para volver a dejarlo todo en nada también la comentaremos con más calma. Esperamos que no nos hagan otra
con el calendario laboral del 2014.
Estamos como siempre en la sede del sindicato los miércoles a partir de las 19h.
"La única lucha que se pierde es la que se abandona"
Las subcontrataciones son cada vez más habituales en el Sector Ferroviario. Es importante saber cuándo
se dan situaciones de ilegalidad y cuáles son las herramientas de defensa de los derechos de los trabajadores
ante ellas. Tanto si eres trabajador en la empresa principal como si eres personal subcontratado, esta
información puede serte útil.
Para identificar cuando nos encontramos ante una cesión ilegal de trabajadores, tenemos que analizar
un conjunto de circunstancias que supondrán los indicios de la ilegalidad cometida:
– Que la retribución del contratista se determine, exclusivamente, conforme al número de horas
trabajadas por su personal o en función del coste de personal.
– Si parte de tus herramientas de trabajo, el sistema informático (correo electrónico, ordenadores,
teléfono, vehículos para desplazamientos etc...) y/o el material de trabajo, no te los facilita tu empresa,
sino la empresa donde te han mandado a trabajar.
– Que el trabajo se realice en las instalaciones de la empresa principal.
– Si recibes órdenes de trabajo de representantes de otra empresa.
– Si la formación necesaria para realizar el trabajo te la proporciona la empresa principal.
– Que el personal de la contrata utilice medios de control del personal de la empresa principal (tales como
sistemas de fichaje, medición de tiempos, etc.).
– La coincidencia de horario de trabajo del personal de la contrata con la empresa principal, y que esta sea
la que se encargue de la organización de los turnos de trabajo o vacaciones de la plantilla del contratista.
– Que se utilicen medios humanos y departamentales de la empresa principal.
– Que el trabajo se realice indistintamente bien por los trabajadores de la contrata, bien por los
trabajadores de la empresa principal.
El art. 43 del Estatuto de los Trabajadores, prohíbe la cesión de trabajadores, salvo que sea a través de
una E.T.T. Por lo tanto, para que exista una verdadera contrata será necesario que la empresa contratista ejerza una verdadera actividad empresarial, tenga su propia organización y disponga de los trabajadores de su plantilla según su poder de dirección y disciplina. TODO LO DEMÁS ES UNA CESIÓN ILEGAL DE TRABAJADORES, QUE NO TE DIGAN QUE ES UNA COLABORACIÓN ENTRE EMPRESAS.
Las consecuencias pueden ser muy graves, en el ámbito penal serán castigados con las penas de prisión
de dos a cinco años y multa de seis a 12 meses, los que trafiquen de manera ilegal con mano de obra.
Los trabajadores sometidos a cesión ilegal tendrán derecho a adquirir la condición de fijos a su elección,
en la empresa cedente o cesionaria.. En estas situaciones, la antigüedad del trabajador se computa desde el
inicio de la cesión ilegal.
¿Qué se persigue con la subcontratación ilegal?
El interés por reducir las obligaciones sociales y jurídicas derivadas del tener una plantilla fija y la cultura
del pelotazo favorece la proliferación de empresas que se apuntan al carro de la subcontratación. La cifra de
negocio que se genera es enorme lo cual favorece la contabilidad "creativa" y los intercambios ficticios de capital entre las empresas.
¿Qué está pasando en nuestro taller?
En nuestro taller la mano de obra entre oficiales y especialista asciende a 40 personas, de las cuales
solamente 12 pertenecen a ERION. Es decir solamente pertenece a la empresa matriz un 30% de los trabajadores de taller. Otros datos interesantes, en ERION hay más gente de oficina que de taller y no solo eso, por cada
2
oficiales hay un directivo.
Más datos de las practicas habituales de los que dictan las reglas en nuestras empresas:
- El encargado de los oficiales de la subcontrata de nuestro taller es un peón especialista.
- Las fronteras no existen para la subcontrata da igual que vayas a trabajar a Valencia que a Estrasburgo,
las condiciones son las mismas.
- Muchos de los contratos de los trabajadores de RODITEC son por obra y servicio, sin embargo trabajan
en todo tipo de locomotoras e incluso hasta en Francia y Portugal. ERION es perfectamente consciente
de esto y a pesar de que después de una denuncia de la CNT la inspección de trabajo le haya obligado a
regularizar todos los contratos, sigue haciendo la vista gorda con RODITEC. Esto es un escándalo en toda regla, ya esta bien de mirar hacia otro lado, solo debemos tener una consigna A IGUAL TRABAJO IGUALES CONDICIONES, es decir todos en ERION y a igual categoría igual salario.
Las diferencias son divisiones, la división de los trabajadores es la victoria del empresa. Recuerda nuestra única fuerza es la unión, por eso nos quieren separados, parcelados y diferenciados. Sabemos que la situación es difícil y hay miedo a denunciar, nosotros ponemos a disposición de quien quiera dar el paso nuestros servicios jurídicos, nuestro testimonio y las pruebas pertinentes que demuestran este contubernio.
La situación de nuestra empresa en Francia la dejamos para otro día, la imagen que mejor resume lo que
esta pasando es un barco tan a la deriva que hasta su capitán, incapaz de fijar el rumbo, lo abandona. La
"peineta" que la dirección nos ha hecho a los trabajadores después de marearnos dos meses con propuestas
para volver a dejarlo todo en nada también la comentaremos con más calma. Esperamos que no nos hagan otra
con el calendario laboral del 2014.
Estamos como siempre en la sede del sindicato los miércoles a partir de las 19h.
"La única lucha que se pierde es la que se abandona"
Sindicato del Metal
Plaza de Tirso de Molina, 5. 6º Derecha.
Teléfono: 91 704 60 54
web: metalmadrid.cnt.es
mail: metal@madrid.cnt-ait.es
Plaza de Tirso de Molina, 5. 6º Derecha.
Teléfono: 91 704 60 54
web: metalmadrid.cnt.es
mail: metal@madrid.cnt-ait.es
No hay comentarios:
Publicar un comentario